Experiencias de este proceso a distancia, pone en evidencia la eficacia de este método de resolución de conflictos, en los asuntos de familia.
La vida no es lineal, cambia permanentemente y modifica en su devenir a aquellos que transitan por su senda.
La realidad que alcanza a las familias no aparece ajena a esas mutaciones, y así emergen distintos formas de familias, algunas son tradicionales, otras están conformadas por un padre o madre solos y sus hijos, otras personas deciden no unirse en matrimonio pero sí vivir juntos con un proyecto de vida común, otros viven bajo el modelo de familias ensambladas emergentes de la conocida formula “los míos, los tuyos y los nuestros”.
Unido a ello, las necesidades laborales, las crisis económicas, generan distintas realidades sociales con una alta movilidad de las personas a distintas provincias.
Todo ello influye directamente en los contextos familiares, con lo cual además de las separaciones conyugales o convivenciales, suelen generarse la distancia entre padres y niños, tornando difícil resolver los conflictos emergentes propios de la responsabilidad parental, entiéndase prestaciones alimentarias y regímenes comunicacionales.
De allí la trascendencia de la mediación familiar, la que permite encontrar respuestas amoldadas a cada particularidad, compatible con cada modelo familiar.
Si la vida sin conflictos es una entelequia, elegir cómo solucionarlos, nos da la oportunidad de comenzar un camino de cambio.
Por lo que partimos de la base de un cambio de paradigma en la justicia tradicional que surge ante la necesidad de dar respuestas a los justiciables frente a nuevos y diferentes conflictos familiares, sin intentar reemplazar el sistema jurídico vigente, por el contrario, enriquecerlo con novedosas alternativas.
Esto es lo que sucedió en dos casos que han sido receptados por el Centro Judicial de Mediación de Río Cuarto a instancia y pedido del Centro Público de Mediación Judicial de La Pampa, donde se generó el pedido de colaboración para llevar a cabo dos mediaciones a distancia.
Las mismas eran de carácter familiar, siendo que los niños y las madres residían en aquella localidad y los padres (en ambos casos) lo hacían en nuestra ciudad.
El desafío fue tomado y gestado con los prolijos recaudos y principios propios del procedimiento de mediación y de la garantía de defensa de los citados.
Así se convocó a los padres a varias audiencias en los Centros de Mediación, tanto en Río Cuarto como en La Pampa. En cada espacio se llevaba a cabo el proceso de mediación en simultáneo y a distancia, siempre junto a la intervención- en las distintas sedes – de los mediadores de ambos centros de mediación, quienes articularon el contacto a través de llamados telefónicos, pudiendo acercar a las partes con el apoyo de los asesores letrados, en sus pretensiones y necesidades, logrando suscribir sendos acuerdos con relación a la prestación alimentaria para los niños, resolviendo distintas cuestiones propias de la vinculación entre padres e hijos, regulando cómo se llevarían a cabo los encuentros en los períodos de vacaciones, como en otras fechas festivas como Navidad o cumpleaños.
Los involucrados señalaron lo importante del procedimiento, ya que siendo personas de escasos recursos, haber tenido que viajar varias a veces a aquella localidad a los fines de llevarse a cabo las audiencias, hubiera significado una erogación de dinero que no estaba a su alcance.
Todo ello nos lleva a reflexionar que las distancias físicas pueden reducirse, que las personas pueden encontrarse y acercarse a través del diálogo, desafiando los kilómetros y los conflictos que los separan, más cuando se advierte que el punto de encuentro se asienta en la intención de superar sus desavenencias, con la clara intención de construir soluciones pacíficas que re-signifiquen cada forma de vivir en familia, pese a las dificultades y demás vicisitudes que la vida nos enfrenta.
A la par de lo expresado, las experiencias nos permiten generar la reflexión sobre la efectividad de la mediación en el contexto de conflictos familiares como las ventajas que muestra el proceso de institucionalización de la mediación dentro de la administración de justicia.
Invitada especial: Abog. María Victoria Cavagnaro
Coordinadora Centro Judicial de Mediación de Río Cuarto.
Master en Derechos de la Infancia y la Adolescencia.
Docente titular de Mediación, Arbitraje y Negociación. U.N.R.C.
Nota publicada en diario Puntal el día sábado 6 de agosto